(BOJA N.º 67 DE 11 DE ABRIL DE 2023)

  • 1 de enero (lunes): Año Nuevo
  • 6 de enero (sábado): Epifanía del Señor
  • 28 de febrero (miércoles): Día de Andalucía
  • 28 de marzo (jueves): Jueves Santo
  • 29 de marzo (viernes): Viernes Santo
  • 1 de mayo (miércoles): Fiesta del trabajo
  • 15 de agosto (jueves): Festividad de Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre (sábado): Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre (viernes): Fiesta de Todos los Santos
  • 6 de diciembre (viernes): Día de la Constitución Española
  • 9 de diciembre (lunes): Inmaculada Concepción (por coincidir en domingo se traslada al lunes)
  • 25 de diciembre (miércoles): Natividad del Señor

 

         A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. Todas ellas tienen carácter retribuido y no recuperable.